Por Andrés Dauhajre hijo. dic 01, 2025

Un galletazo al pueblo

 

Por Andrés Dauhajre hijo

Fundación Economía y Desarrollo, Inc.

El galletazo, representado por el aumento de 54% en el precio de todas las galletas dulces y saladas que los dominicanos compran, podría ser propinado el próximo 16 de diciembre si la Comisión de Defensa Comercial (CDC), una dependencia del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM), decide imponer un arancel de 67.1% adicional al 20% que pagan las galletas importadas de países con los cuales no tenemos acuerdos de libre comercio. 

La decisión que la CDC adoptaría se fundamenta en la solicitud de dos empresas que controlan el 92% de la producción nacional. Una de ellas, según expertos del mercado, es además el principal importador de galletas del país, con la ventaja de que sus importaciones, al provenir de Guatemala y Costa Rica, miembros del DR-CAFTA, no pagan arancel. Una llamada de la CDC a la Dirección General de Aduanas (DGA) bastaría para validar esta información. Las dos empresas dominantes de la producción nacional, una de las cuales es además la líder de la importación de galletas, desean que sus competidores paguen un arancel consolidado de 87.1% sobre sus importaciones mientras ellas no pagan por las suyas. Señalan que necesitan la tasa de protección efectiva más elevada del mundo para la producción e importación de galletas porque, supuestamente, las importaciones procedentes de Perú, México, Colombia e India han provocado una baja en sus beneficios y desean ser protegidos de esa competencia para poder restaurar las utilidades que antes percibían. En otras palabras, que las importaciones realizadas por otras empresas, no las realizadas por ellas, les han producido un “daño grave”.

El establecimiento del arancel adicional que han solicitado las dos empresas más importantes del mercado de galletas del país provocaría un aumento de 54% en los precios de venta al público.  El paquetico de galletas dulces rellenas que actualmente se vende a RD$10 en los colmados, pasaría a venderse a RD$15.40 (RD$15 dado el déficit de monedas de RD$1). Según la ENIGH 2018 realizada por el Banco Central, 2,520,000 hogares dominicanos compran sus galletas en colmados mientras que 677,000 las compran en supermercados e hipermercados. El aumento de 50% o más en los precios de las galletas sería comparable al efecto del traspaso al mercado paralelo de un listado de importaciones de alimentos decidido por la Junta Monetaria antes de la Semana Santa de 1984.

 

Comenzar el año 2026 con este tipo de política económica es la mejor noticia que el Gobierno podría darle a la oposición política. No puede descartarse que la oposición utilice esta medida para presentar a nuestros actuales gobernantes como defensores de las grandes empresas y las familias más ricas del país, sin importar que la transfusión de beneficios que estas recibirían emane de la extracción de recursos de los bolsillos de 3.6 millones de hogares dominicanos.  La medida que la CDC parece inclinada a tomar afectaría adicionalmente a más de 65,000 colmados y 100 hipermercados, supermercados, distribuidoras, incluyendo algunas cuyas casas matrices son empresas estadounidenses que manufacturan galletas en países no pertenecientes al DR-CAFTA (México y Perú) y las venden en nuestro país luego de pagar el arancel actual de 20%, el más alto de la región. Si la CDC decidiese imponer la salvaguardia de 67.1%, el arancel total sobre las galletas importadas pasaría de 20% a 87.1%, el más elevado del mundo.

 

Dado que la medida generaría un costo político devastador para un Gobierno que enfrenta actualmente retos importantes y que pondera ejecutar una reforma tributaria, sería recomendable que la CDC y el MICM lleven a cabo una investigación profunda sobre los méritos de la solicitud presentada por las empresas controladoras de la producción nacional, entre las cuales se encuentra la líder de la importación de galletas en el país.

 

Lo primero que la CDC y el MICM deben confirmar es la base de las informaciones que sustentan el supuesto “daño grave” que las importaciones procedentes de México, Perú, Colombia e India les han provocado. Obtener la información real no debería tomar más de 3 horas. La CDC podría pedirle a la DGII y a los bancos, vía la Superintendencia de Bancos (SIB), que les provea los Estados Financieros correspondientes a los años 2016-2024 depositados por las dos empresas que solicitan el arancel de 87.1%. Esta información es fundamental, más aún si se tiene en cuenta que accionistas de una de las dos empresas dominantes de la producción nacional han revelado que, mientras en el 2021 su empresa tuvo una pérdida de más de RD$200 millones, en 2024 obtuvo ganancias por casi RD$1,000 millones. ¿Tipifica ese cambio como “daño grave”?  Algunos señalan que los beneficios de la otra empresa controladora de la producción nacional fueron mucho mayores. En lugar de especular en base a las afirmaciones de accionistas o conocedores del mercado, la CDC está obligada a solicitar las informaciones precisas a la DGII y a la SIB. De esa manera podría evitar la adopción de la política económica más injusta ejecutada por gobierno alguno desde la fundación de la República en 1844: un galletazo al bolsillo de los 12 millones de consumidores para elevar en más de un 50% los beneficios de dos empresas que producen e importan galletas y que, según algunos, ascendieron a cerca de RD$2,500 millones el año pasado.

 

Una vez la CDC tenga los Estados Financieros debería analizar cómo han aumentado las ventas de ambas empresas y el margen de beneficio antes de impuesto como porcentaje de las ventas brutas, contrastándolos con la evolución de las importaciones de sus competidores, excluyendo las suyas. Debería adentrarse en la estructura de gastos de ambas empresas para determinar si existen cambios bruscos injustificables o inexplicables en las partidas de gastos de representación o gastos extraordinarios. Dado que una de las empresas solicitantes del arancel consolidado de 87.1% compra galletas a empresas relacionadas que se encuentran en Guatemala y Costa Rica, el equipo de investigación de la CDC debería determinar si la causa del supuesto deterioro es de origen interno, quizás porque una de las dos empresas pudiese estar incurriendo en prácticas de “precios de transferencia”. Esta es una estrategia comúnmente utilizada por algunas empresas multinacionales para reducir el pago de impuestos sobre dividendos vía la sobrevaluación de importaciones de bienes libres de arancel o pagar menos impuesto sobre las utilidades trasladando base tributaria hacia países con menores tasas del impuesto corporativo.

 

Consciente de que las dos empresas que solicitan la salvaguarda de 67.1% adicional al 20% del arancel vigente son empresas verticalmente integradas, el departamento de investigaciones de la CDC debería analizar si estas han distorsionado la contabilidad de costos, una práctica posible en empresas verticalmente integradas que simultáneamente venden un producto (la harina, en este caso) que a su vez es un insumo fundamental para la producción de otro bien final (galleta). La distorsión o migración artificial de costos de una división a otra, permitiría a esas empresas presentar “daños graves” en la rama de galletas y “beneficios exuberantes” en la rama de harina, para justificar la superprotección arancelaria a la producción (y su importación) de galletas.

 

La CDC debe solicitar también a la DGA los datos sobre la evolución de las importaciones de galletas desde Guatemala y Costa Rica, así como las procedentes de México, Perú, Colombia e India durante los años 2016-2024, para comprobar lo señalado por conocedores del mercado cuando indican que, mientras las procedentes de México, Perú, Colombia e India han crecido anualmente en 15.1% durante ese período, las procedentes de Guatemala y Costa Rica han registrado un crecimiento anualizado de 27.0%, prácticamente el doble. Eso permitiría determinar si la subutilización de la capacidad instalada de las plantas de las dos empresas controladoras de la producción nacional tiene que ver más con el hecho de que una de ellas es, según los conocedores del mercado, el principal importador de galletas del país.

 

La CDC debe comunicar al Poder Ejecutivo que la medida que impondría para beneficiar a dos empresas que aparentemente obtuvieron miles de millones de pesos de beneficios el año pasado, al afectar a varias empresas estadounidenses que venden galletas en nuestro país, podría desatar represalias de parte de la administración Trump. Al mismo tiempo, sería necesario articular un discurso convincente para convencer a 12 millones de consumidores, entre los cuales se encuentran 700,000 trabajadores que están siendo afectados por la no indexación por inflación de los tramos de ingresos del impuesto sobre la renta que, en lo adelante, tendrán que pagar precios 54% más elevados por las galletas que compran, ya que RD$2,500 millones de beneficios anuales para los accionistas extranjeros y nacionales de dos empresas productoras e importadoras de galletas, son insuficientes. Espero que a mis amigos Ito y Yayo no les asignen la responsabilidad de anunciar y propiciar el histórico galletazo que la CDC está cocinando.

 

*Los artículos de Andrés Dauhajre hijo en elCaribe pueden leerse en www.lafundacion.do


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