Precios, impuestos y subsidios
Por Andrés Dauhajre hijo
Fundación Economía y Desarrollo, Inc.
Algunos expertos y analistas sostienen que cuando el gobierno no traspasa el aumento de los precios internacionales de la gasolina a los precios de venta que paga el consumidor en las estaciones de combustibles y, por tanto, los congela, no está otorgando un subsidio al consumidor. Fundamentan su afirmación en el hecho de que el Gobierno cobra elevados impuestos. Según esa narrativa, lo que se produce es un gasto adicional del gobierno debido a la transferencia de recursos que realiza a los importadores para que estos puedan pagar el aumento en el precio de paridad de importación. Esa transferencia la realiza tomando una parte de las recaudaciones derivadas de los impuestos sobre los combustibles. Lo que se produce, según esta línea de análisis, es una baja en la recaudación neta efectiva (monto recaudado menos transferencia realizada) que el Gobierno esperaba obtener. Una especie de “sacrificio fiscal neto”, pero no un subsidio.
No compartimos esa opinión. La razón es sencilla. En una economía de mercado, operando en una nación dotada de una Constitución y administrada por un gobierno que respeta la Constitución y las leyes, el precio de mercado de un bien además de incorporar el costo de producción o de importación y el margen de beneficio, incluye también los impuestos aprobados por el Poder Legislativo y promulgados por el Poder Ejecutivo. En el caso nuestro, existen dos impuestos que gravan el consumo de combustibles, el impuesto específico en RD$ por galón que se aprobó en la Ley 112-00 de Hidrocarburos del año 2000 y el impuesto ad valorem aprobado en la Ley 557-05 con una tasa de 13%, elevada luego a 16% en la Ley 495-06 de Rectificación Tributaria promulgada a finales del 2006.
Usted puede estar de acuerdo o no con los impuestos existentes. Sin embargo, en la medida en que los mismos emanan del Poder Legislativo al cual la Constitución le confiere la atribución de crearlos, estos pasan a formar parte del precio de mercado. Recordemos que, en una democracia, el Poder Legislativo aglutina a personas que fueron elegidas por el voto de los ciudadanos para que actúen en su representación. Si los representantes del pueblo consideraron en algún momento que esos impuestos eran necesarios para garantizar la sostenibilidad fiscal y la racionalización del consumo de bienes que importamos del exterior, no hay nada que debatir. Si el pueblo considera que deben eliminarse, que deben gravarse otros bienes y servicios o que debería obligarse al Banco Central a realizar grandes emisiones de dinero inorgánico para que todos paguemos el impuesto inflacionario, transmitamos nuestras aspiraciones a los candidatos al Congreso en las elecciones de 2028.
En consecuencia, si por alguna razón, el Gobierno decidiese de manera administrativa que el precio de venta al consumidor sea inferior al “precio de mercado”, no hay lugar a debate, está otorgando un subsidio al consumidor. La decisión de limitar el traspaso del aumento en los precios internacionales de los derivados del petróleo a los precios de venta al consumidor, en consecuencia, ha llevado al Gobierno a otorgar un subsidio superior a RD$21,000 millones en el primer semestre de este año.
Este congelamiento da lugar a un subsidio oculto adicional que pasa muchas veces desapercibido. Dado que el impuesto del 16% ad valorem se aplica sobre el precio de paridad de importación, cuando el Gobierno congela ese precio por razones políticas, automáticamente está otorgando un subsidio adicional, pues el impuesto del 16% ad valorem se aplica sobre una base imponible mas baja que la establecida en la Ley y el Reglamento que sustentan el cobro del mismo. Para que se tenga una idea, durante la semana del 9 al 15 de mayo de este año, el precio de paridad de importación real del galón de gasolina regular ascendió a RD$231.31 por galón. El Gobierno, sin embargo, autorizó que se fijara un precio de paridad de importación irreal de RD$165.46, para lo cual tuvo que transferir RD$65.85 a los importadores por cada galón. El impuesto del 16% ad valorem se aplicó sobre el precio de paridad de importación ficticio, lo que provocó una pérdida del impuesto ad valorem del 16% sobre el galón de gasolina regular de RD$10.54. Ese subsidio no está incluido en los RD$21,000 millones otorgados por el Gobierno Dominicano en el primer semestre de este año.
El otorgamiento de subsidios en el consumo de combustibles no termina ahí. Recordemos que el Artículo 2 de la Ley 112-00 de Hidrocarburos establece que “El impuesto a pagar será indexado trimestralmente por la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, utilizando el índice de precios al consumidor (IPC) publicado por el Banco Central y el impuesto resultante para cada combustible será puesto en vigencia automáticamente”. Este impuesto se fijó inicialmente en RD$15.00 por galón para la gasolina regular y la ley instruía al ministerio de Industria y Comercio a ajustarlo trimestralmente por la variación del índice de precios al consumidor (IPC) registrada en los tres meses anteriores. Luego, las Leyes 495-06 y 253-12 introdujeron ajustes, manteniendo siempre la vigencia del Artículo 2 de la Ley 112-00. En el gráfico, la línea azul “aqua” representa el impuesto específico que nuestras leyes mandaron al Gobierno a cobrar a los consumidores. Como se puede observar, el impuesto efectivamente cobrado, durante 15 de los 26 años de vigencia de la Ley 112-00 y sus modificaciones, el Gobierno ha incumplido el mandato de estas y ha decidido cobrar un impuesto específico inferior al legal. Para que se tenga una idea, durante la semana del 11 al 18 de julio de este año, el impuesto específico para la gasolina regular establecido por la ley era de RD$99.53 por galón. El Gobierno, sin embargo, de manera administrativa, decidió cobrar solo RD$63.83. ¿Qué significa eso? Un subsidio adicional, no registrado en las cuentas fiscales, equivalente a RD$35.70 por galón.
Este archipiélago de subsidios en el consumo de la gasolina (y otros combustibles) conformado por la congelación del PPI, la erosión del impuesto del 16% ad valorem que dicha congelación genera y el cobro de un impuesto específico mucho más bajo que el mandado por la ley, explican el porqué la capacidad recaudatoria de los impuestos sobre el consumo de combustibles caerá desde 2.24% del PIB en el año 2005 a 0.87% en 2026. Nuestros gobiernos, para mantener a las presentes generaciones que los eligen bailando en “la kermés del populismo”, optan por condenar a las futuras generaciones con la carga sobre sus hombros de una deuda pública masiva que tendrán que pagar con más impuestos o con mayor inflación. Estoy seguro que Rudiger Dornbusch y Sebastián Edwards colocarían nuestro caso como ejemplo estelar en su artículo fundacional “Populismo Macroeconómico en América Latina” publicado en 1990.
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